
Derechos de reversión y retracto
Retracto
El derecho de Retracto se encuentra establecido en el artículo 47 de la ley 1480 de 2011 en los siguientes términos:
“En todos los contratos para la venta de bienes y prestación de servicios mediante sistemas de financiación otorgada por el productor o proveedor, venta de tiempos compartidos o ventas que utilizan métodos no tradicionales o a distancia, que por su naturaleza no deban consumirse o no hayan comenzado a ejecutarse antes de cinco (5) días, se entenderá pactado el derecho de retracto por parte del consumidor. En el evento en que se haga uso de la facultad de retracto, se resolverá el contrato y se deberá reintegrar el dinero que el consumidor hubiese pagado”.
Para hacer uso de este derecho, el Usuario debe cumplir los siguientes requisitos:
- Realizar una solicitud al Metro dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al pago de la recarga y
- No haber efectuado la lectura del medio de pago para acreditación del saldo. Es decir, no activar el dinero en el mecanismo de pago Cívica, pues con este acto se entiende iniciada la prestación del servicio conforme a lo establecido en la Ley 1480 de 2011 por la cual se expide el Estatuto del Consumidor.
Reversión
El derecho de Reversión se encuentra establecido en el artículo 51 de la ley 1480 de 2011 en los siguientes términos:
“Cuando las ventas de bienes se realicen mediante mecanismos de comercio electrónico, tales como Internet, PSE y/o call center y/o cualquier otro mecanismo de televenta o tienda virtual, y se haya utilizado para realizar el pago una tarjeta de crédito, débito o cualquier otro instrumento de pago electrónico, los participantes del proceso de pago deberán reversar los pagos que solicite el consumidor cuando sea objeto de fraude, o corresponda a una operación no solicitada, o el producto adquirido no sea recibido, o el producto entregado no corresponda a lo solicitado o sea defectuoso.”.
Para hacer uso de este derecho, el Usuario debe cumplir los siguientes requisitos:
- Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que el usuario tuvo noticia de la operación de recarga del medio de pago de manera fraudulenta, no solicitada o que recibió el producto defectuoso o sin que correspondiera a lo solicitado, presentar queja ante el Metro de Medellín y notificar de la reclamación al emisor del instrumento de pago electrónico utilizado para realizar la compra, el cual, en conjunto con los demás participantes del proceso de pago, procederán a reversar la transacción al usuario.
- La adquisición del producto (bien o servicio) se haya realizado a través de un medio electrónico, sea a través de internet, call center, o cualquier otro mecanismo de televenta o tienda virtual y sea pagado utilizando un mecanismo de pago electrónico, entre los cuales se encuentran las tarjetas de crédito o débito, pero no se limita a ellas.
- Las operaciones no sean realizadas por canales presenciales.
- El productor o expendedor y la entidad emisora del instrumento de pago electrónico se encuentren domiciliados en Colombia.